Micelio
Auto3 de abril de 2024

A- de 2024

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante Administradora Colombiana De Pensiones Colpensiones·Demandado Alvarez Muñoz Luis Alberto

Tema · dato duro
Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa-Acción De Nulidad Y Restablecimiento Del Derecho De Un Acto Administrativo Propio
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Tribunal Administrativo de Antioquia y el Juzgado Veinte Laboral del Circuito de Medellín.

La causa que origina la controversia radica en presentación de demanda de nulidad y restablecimiento del derecho (lesividad) por parte de la Administradora Colombiana de Pensiones, en contra de un ciudadano, con el objetivo de que se declare la nulidad de la Resolución mediante la cual le reconoció una pensión de vejez y se le ordene al demandado reintegrar las sumas de dinero entregadas como consecuencia de dicha resolución, de forma indexada, y pagar los intereses a que haya lugar.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena refiere el precedente del Auto 316 de 2021 y reitera la regla de decisión según la cual, cuando la administración demanda un acto de su propia autoría, en ejercicio de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho, el estudio del asunto será competencia de la jurisdicción contencioso administrativa, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 97 y 104 de la Ley 1437 de 2011.

Por consiguiente, la Corte resuelve remitir el expediente al Tribunal Administrativo de Antioquia para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado Veinte Laboral del Circuito de Medellín y a los interesados en el proceso ordinario correspondiente.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Veinte Laboral del Circuito de Medellín y el Tribunal Administrativo de Antioquia, en el sentido de DECLARAR que corresponde a este último conocer la demanda presentada por Colpensiones, de acuerdo con las consideraciones de este auto.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-5216 al Tribunal Administrativo de Antioquia para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado Veinte Laboral del Circuito de Medellín y a los interesados en el proceso ordinario correspondiente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.